Los delitos societarios en España son infracciones penales cometidas en el ámbito de una empresa o sociedad mercantil. Estas conductas buscan obtener un beneficio ilícito o causar un perjuicio a socios, terceros o a la propia entidad. Aunque suelen relacionarse con grandes corporaciones, también afectan a pequeñas y medianas empresas, donde la falta de control interno y la ausencia de asesoramiento jurídico facilitan su aparición.
Qué se considera un delito societario
Los delitos societarios están regulados en los artículos 290 a 297 del Código Penal español. Se cometen dentro del funcionamiento interno de una sociedad y solo pueden ser responsabilidad de sus administradores de hecho o de derecho, así como de los socios que participen en actos ilícitos.
El objetivo de esta regulación es proteger la transparencia y la lealtad en la gestión empresarial. Cada decisión tomada dentro de una empresa debe respetar la buena fe y el interés general de la sociedad, sin utilizar su estructura para fines personales o fraudulentos.
El Código Penal no solo sanciona la acción directa de cometer el delito, sino también la colaboración o la omisión deliberada de los deberes de control. Por eso, los administradores que permitan irregularidades en la contabilidad o en la toma de decisiones pueden ser penalmente responsables, incluso aunque no sean los autores materiales del hecho.
Tipos principales de delitos societarios
El marco legal distingue varios tipos de delitos societarios, cada uno con penas y consecuencias específicas. Estos delitos afectan tanto a la imagen de la empresa como a la responsabilidad personal de quienes los cometen.
| Artículo del Código Penal | Tipo de delito | Pena prevista |
|---|---|---|
| Art. 290 | Falseamiento de cuentas anuales | Prisión de 1 a 3 años y multa de 6 a 12 meses |
| Art. 291 | Imposición de acuerdos abusivos | Prisión de 6 meses a 3 años o multa hasta el triple del beneficio |
| Art. 292 | Adopción de acuerdos lesivos | Prisión de 1 a 6 años |
| Art. 293 | Denegación de derechos a socios | Multa de 6 a 12 meses |
| Art. 294 | Obstrucción a la supervisión administrativa | Prisión de 6 meses a 3 años o multa de 12 a 24 meses |
El falseamiento de cuentas es uno de los más comunes. Consiste en alterar balances o documentos contables para ocultar pérdidas o aparentar beneficios. También destaca la imposición de acuerdos abusivos, cuando una mayoría de socios adopta decisiones que benefician a unos pocos y perjudican al resto.
Otros delitos, como la negación de información a los socios o la obstrucción a la labor de supervisión, buscan sancionar la falta de transparencia y el ocultamiento de datos esenciales para el control societario.
Responsables y consecuencias penales
Solo determinadas personas pueden ser responsables de estos delitos. El Código Penal señala a los administradores de hecho, quienes dirigen o influyen en la empresa sin nombramiento formal, y a los administradores de derecho, oficialmente designados. En algunos casos, también pueden responder los socios que participen activamente en los actos fraudulentos.
Las sanciones pueden incluir penas de prisión, multas económicas y la inhabilitación para ejercer cargos de administración. Además, las sociedades como personas jurídicas también pueden ser sancionadas si no disponen de un sistema de prevención adecuado.
En el plano económico, las consecuencias pueden ser devastadoras. Las multas suelen calcularse en función del beneficio obtenido o del daño causado, y pueden alcanzar importes que comprometan la viabilidad de la empresa. A ello se suma el daño reputacional y la pérdida de confianza por parte de socios e inversores.
| Tipo de sanción | Aplicación |
|---|---|
| Prisión | Para los administradores o socios responsables |
| Multa económica | En proporción al beneficio o perjuicio causado |
| Inhabilitación | Para ejercer cargos de administración o gestión |
| Responsabilidad de la empresa | Si no existen mecanismos de control o compliance |
Cómo prevenir los delitos societarios
La mejor herramienta contra los delitos societarios es la prevención. Implantar protocolos de compliance penal y sistemas internos de control reduce el riesgo de irregularidades y demuestra diligencia ante posibles investigaciones judiciales.
Las empresas deben garantizar la transparencia contable, el acceso a la información por parte de los socios y la trazabilidad de todas las decisiones corporativas. Además, conviene establecer auditorías periódicas que verifiquen el cumplimiento de las normas legales y éticas.
Los administradores, por su parte, deben actuar siempre con lealtad, diligencia y buena fe. Firmar acuerdos abusivos o manipular decisiones corporativas puede derivar en responsabilidades personales, incluso si el perjuicio recae sobre la propia empresa.
Contar con asesoramiento jurídico especializado en Derecho Penal Económico y Societario es esencial para identificar riesgos, revisar la legalidad de las decisiones y evitar que conflictos internos escalen a la vía penal.

Preguntas frecuentes sobre delitos societarios en España
¿Cuándo se considera que un acto dentro de una empresa constituye un delito societario en España?
Un acto dentro de una empresa se considera delito societario en España cuando vulnera la transparencia, la lealtad o el equilibrio en la gestión de la sociedad, y además existe intención de obtener un beneficio ilícito o causar perjuicio a socios, terceros o a la propia entidad.
No basta con una mala gestión o una decisión errónea. El elemento clave es el dolo, es decir, la voluntad consciente de actuar de forma fraudulenta o de engañar. Por ejemplo, manipular las cuentas, ocultar información relevante o imponer acuerdos que beneficien solo a algunos socios son conductas típicamente delictivas.
Los tribunales valoran el contexto, la participación de cada implicado y el impacto económico o moral de la conducta. Por eso, incluso acciones aparentemente menores pueden adquirir relevancia penal si alteran el funcionamiento correcto de la empresa o vulneran los derechos de los socios.
¿Qué diferencia hay entre los delitos societarios y los delitos económicos comunes?
Aunque ambos pertenecen al Derecho Penal Económico, los delitos societarios en España tienen un ámbito más restringido: solo se producen dentro de una sociedad y afectan a su estructura interna o a sus órganos de gobierno.
Por ejemplo, el falseamiento de cuentas o la imposición de acuerdos abusivos son delitos societarios, mientras que el fraude fiscal o el blanqueo de capitales son delitos económicos generales, aplicables incluso fuera del marco de una empresa.
En otras palabras, los delitos societarios protegen la legalidad y transparencia en la gestión interna de las sociedades, mientras que los delitos económicos comunes protegen el correcto funcionamiento del sistema financiero y económico en general. Ambos, sin embargo, pueden coexistir si una misma acción vulnera varios ámbitos de la ley.
¿Quién puede denunciar un delito societario en España?
Cualquier socio, accionista o persona perjudicada puede presentar una denuncia o querella si considera que se ha cometido un delito societario. La legitimación también puede corresponder al administrador que descubra irregularidades cometidas por otros miembros del órgano de gestión.
En algunos supuestos, cuando el perjuicio trasciende el ámbito interno de la sociedad y afecta al interés público, también puede intervenir el Ministerio Fiscal, que tiene la potestad de iniciar acciones penales.
Antes de denunciar, se recomienda reunir documentación sólida: actas de juntas, informes financieros, correos electrónicos y toda prueba que evidencie la irregularidad. Las querellas sin pruebas o mal planteadas suelen archivarse, por lo que el acompañamiento de un abogado penalista especializado en derecho societario resulta esencial.
¿Qué consecuencias tiene para una empresa la comisión de delitos societarios?
Las consecuencias de los delitos societarios en España no se limitan al ámbito personal de los administradores. Una sociedad también puede ser penalmente responsable si se demuestra que no aplicó medidas de prevención o que permitió el delito por falta de control.
En estos casos, el juez puede imponer multas de gran cuantía, suspensión de actividades o incluso la disolución de la sociedad. A ello se suman los daños reputacionales, que pueden ser irreversibles: pérdida de inversores, ruptura de contratos y desconfianza del mercado.
Por eso, muchas empresas implementan programas de compliance penal, que sirven como herramienta de prevención y pueden reducir la responsabilidad penal de la compañía si se demuestra que actuó con diligencia y transparencia.
¿Qué ley regula los delitos societarios en España y qué artículos los recogen?
Los delitos societarios en España se regulan en el Código Penal, concretamente en los artículos 290 a 297, dentro del Título XIII, dedicado a los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
Estos artículos tipifican conductas como el falseamiento de cuentas, la imposición de acuerdos abusivos, la denegación de derechos a los socios o la obstrucción a la labor de supervisión administrativa. Además, el artículo 297 define qué se entiende por sociedad, abarcando tanto las mercantiles como las cooperativas, fundaciones, mutuas o entidades financieras.
El organismo encargado de investigar y promover la acción penal es el Ministerio Fiscal, junto con los juzgados de instrucción competentes. En los casos más graves, la Audiencia Nacional puede asumir la causa si los hechos afectan a múltiples jurisdicciones o al interés económico general del Estado. Conocer esta normativa y actuar con asesoramiento jurídico especializado es la mejor forma de proteger la integridad de la empresa y evitar consecuencias penales graves.
La fortaleza de una defensa penal experta
Los delitos societarios en España requieren un análisis minucioso y una defensa altamente técnica. Estos casos suelen desarrollarse dentro de estructuras empresariales complejas, donde cada documento, firma o decisión puede tener implicaciones legales profundas. Un error en la interpretación de los hechos o una estrategia inadecuada puede comprometer tanto el patrimonio personal de los administradores como la estabilidad de la empresa.
Contar con un abogado penalista Girona especializado en derecho penal económico ofrece la garantía de una defensa sólida y estratégica. Estos profesionales pueden evaluar la existencia real de un delito, determinar las responsabilidades individuales y diseñar la mejor respuesta ante una querella o imputación. Además, su experiencia en tribunales permite anticipar los argumentos de la acusación y preparar una estrategia eficaz para proteger los intereses de la sociedad y sus directivos.
En el contexto actual, donde la responsabilidad penal de las personas jurídicas se vigila con especial rigor, la prevención y la defensa técnica son esenciales. El acompañamiento de un equipo jurídico cualificado permite a la empresa actuar con seguridad, mantener su reputación y minimizar los riesgos derivados de su actividad empresarial.
La clave está en actuar con transparencia y rigor desde el primer indicio de conflicto. Un asesoramiento penal especializado no solo evita sanciones, sino que fortalece la confianza en la gestión y garantiza la continuidad de la organización frente a cualquier eventualidad.



